ESPAÑA: La Fiscalía acusa a dos menores por el bullying mortal a Sandra Peña.

ESPAÑA: CASO SANDRA PEÑA. LA FISCALÍA ACUSA A DOS MENORES POR EL PRESUNTO ACOSO A LA ADOLESCENTE

BSF | Organización Mundial Bullying Sin Fronteras

Sevilla, España — 18 de octubre de 2026

Un año después de la muerte de Sandra Peña, la adolescente sevillana de 14 años cuyo caso conmocionó a España, la Fiscalía de Menores ha dirigido su acusación contra dos de las tres menores investigadas por el presunto acoso escolar que habría sufrido la joven.

El Ministerio Público considera que existen indicios de posibles delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas por el trato degradante que, según la investigación, habrían dispensado a Sandra. La tercera menor investigada no ha sido incluida en la acusación.

La decisión, comunicada el 15 de octubre, representa un nuevo paso judicial en un caso que volvió a situar el bullying en el centro del debate público español y abrió interrogantes sobre la respuesta de las instituciones educativas ante las señales de acoso.

UN AÑO DESPUÉS, LA INVESTIGACIÓN AVANZA

Sandra falleció el 14 de octubre de 2025, poco después de salir del colegio concertado Irlandesas Loreto, en Sevilla.

La investigación incluyó declaraciones de las menores implicadas, testimonios de los padres de Sandra y diligencias policiales, entre ellas el análisis de información de su teléfono móvil y sus redes sociales.

La acusación de la Fiscalía no constituye una condena. La responsabilidad de las adolescentes señaladas deberá determinarse conforme al procedimiento judicial y con las garantías correspondientes.

EL COLEGIO: ARCHIVO PENAL Y CRÍTICAS A SU ACTUACIÓN

La responsabilidad del centro educativo ha seguido una vía separada.

En septiembre de 2026, la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó el archivo de la causa penal contra el colegio y varios integrantes de su equipo directivo. Sin embargo, el tribunal criticó duramente la actuación del centro y consideró que había sido insuficiente y contraria a la urgencia que exige el protocolo contra el acoso escolar.

Según los antecedentes recogidos en la resolución judicial, el colegio había recibido advertencias sobre la situación de Sandra, pero no activó formalmente el protocolo correspondiente.

El archivo penal significa que no se atribuyó responsabilidad criminal al centro y a sus responsables por los delitos examinados en esa causa. No equivale a afirmar que su respuesta educativa fuera adecuada ni elimina la vía administrativa.

La Consejería de Educación de Andalucía mantiene un expediente sancionador relacionado con la actuación del colegio. Según la información publicada por EFE, la administración advirtió que podrían existir consecuencias graves si se confirma un incumplimiento muy grave de sus obligaciones.

BSF: LA PREVENCIÓN DEBE LLEGAR ANTES DE LA TRAGEDIA

La muerte de Sandra no debe convertirse únicamente en una referencia judicial que se recuerde cada aniversario. Su caso obliga a examinar cómo se detecta el acoso, cómo responden los centros y qué mecanismos existen para corregir una actuación insuficiente.

La evolución del procedimiento contra las menores investigadas y el expediente administrativo sobre el colegio merecen un seguimiento riguroso. 

BSF | EL BULLYING, EL CIBERBULLYING y LOS TROLLS DEBEN DEJAR DE SER LOS TRES ASESINOS QUE MATAN EN SILENCIO.

Fuentes: Agencia EFE, Europa Press.


ORGANIZACIÓN MUNDIAL BULLYING SIN FRONTERAS (BSF)